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ELEMENTOS DEL REGLAMENTO INTERNO: “PARA PADRES Y ALUMNOS”
“Se publican estos elementos del Reglamento Interno en nuestra página Web, ya que su conocimiento es de gran utilidad para padres y alumnos pues le permitirán conocer las normas básicas del colegio, los derechos y los deberes de los alumnos y padres. Cualquier sugerencia al respecto será bienvenida y estudiada su pertinencia de acuerdo al Proyecto Educativo Institucional

TITULO XI REQUISITOS DE INGRESO DE LOS ALUMNOS

ARTICULO Nº83 Los alumnos nuevos que soliciten matrícula deben reunir los siguientes requisitos:

1º.-  No ser  repitentes; el año anterior u otro pasado.

2º .- Tener promedio mínimo  de 6.0; de 1° a 6° Ed. Básica, y   Promedio  de 5.8 desde 7º a  4º medio.-

3º .- Presentar un positivo Informe de Personalidad.

4º.- Presentar certificado de Estudio año anterior, y un certificado que acredite situación escolar año actual.

5º .- Edad acorde con el curso considerando que a Primer Año Básico se ingresa con 6 años cumplidos al 30 de junio

6º.-  Se podrá matricular sólo hasta el término del Primer Semestre de cada año, y en este caso debe presentarse notas completas del primer período escolar, aceptándose sólo una nota deficiente, y el promedio que corresponde a cada nivel escolar.

7º.-  Los traslados de alumnos de fuera de Temuco, se matriculan hasta Octubre.

8º .- Postulantes que hayan sido alumnos del Colegio en años anteriores, y se hallan retirado deben ser autorizados por el Consejo de Profesores

9º. Casos excepcionales los autoriza el Director, previa opinión del Consejo de Profesores.

ARTICULO Nº 84: Para alumnos antiguos:

1º.-  Los alumnos deben matricularse en el plazo informado por escrito a los apoderados, cancelando los derechos correspondientes sin excepción.

2º.- Los alumnos promovidos tendrán preferencia para ocupar las vacantes, por sobre los alumnos remitentes; los que solo podrán matricularse al término del proceso normal de matrícula.

3º.- Si existe repitencia por segunda vez en la historia escolar del alumno: no tendrá matrícula el año siguiente. Casos excepcionales serán autorizados por el Consejo de Profesores, previa solicitud escrita del apoderado.

4º.- Si algún alumno termina su año escolar con Matrícula Condicional esto será causal de pérdida del derecho a ingresar al Colegio al año siguiente, a menos que posteriormente a las faltas cometidas el alumno afectado manifieste un comportamiento estimado satisfactorio por el Consejo de Profesores, que estudiará cada caso en la segunda semana del mes de Noviembre.


5º.- Se podrá condicionar o suspender la matrícula de un Alumno, para el año siguiente, en virtud de:

  • El rendimiento escolar
  • La disciplina escolar.  
  • El porcentaje de asistencia a clases del alumno
  • La asistencia a reuniones del Apoderado (75% mínimo) y obligatoria al término de  cada Semestre.
  • Inasistencia del apoderado a citaciones especiales.
  • Incumplimiento de las obligaciones económicas.
  • Trato irrespetuoso al personal del Establecimiento por algún apoderado.
  • Conjunción de alguna causa anterior y bajo rendimiento académico.
  • La matricula se estima como un contrato anual, y no obliga al Colegio a su renovación automática,para el año siguiente  , esto es especialmente válido , ante un cambio de nivel: prebásico, básico y/o medio.
  •  

    ARTICULO Nº 85: De la escolaridad y de las  eximiciones :

    1º.- Los alumnos deben cancelar una Cuota de Escolaridad ordinaria que se fija en el momento de efectuar la matrícula en un “Convenio de Pago”, y se cancela entre Marzo y Diciembre y además una escolaridad adicional ( cuota Nº 11), que se cancela al ratificar la permanencia en el Colegio; o bien se agrega a la Cuota de Escolaridad en formal proporcional, esto último requiere autorización de la Dirección del Establecimiento, o ,a quien se delegue para tal efecto.

    2º.- La Cuota de Escolaridad se fija anualmente por la Dirección del Establecimiento, y para cada alumno se obtiene considerando el promedio de notas, del Primer Semestre, la antigüedad de los alumnos, y el número de hermanos en el Colegio, a quienes se otorga una rebaja del 20% y el 30% respectivamente, según promedio, en ningún caso la cuota de escolaridad sobrepasará un promedio de 4 U.S.E.

    3º.- Los Apoderados podrán solicitar rebaja parcial  o total en su cuota de escolaridad, por razones de apremio económico; mediante solicitud escrita que estudiará una Comisión Ad-Hoc; de acuerdo a Reglamento de Becas, adjuntando los antecedentes que respalden la situación económica.

    4º.- Si existieran actividades de diversa índole educativa en que participen padres representando al establecimiento; los hijos de estos padres podrán tener una rebaja en las cuotas de escolaridad de hasta un 30% máximo por alumno.

    5º.- Las franquicias económicas, se podrán solicitar cuando un alumno tenga un promedio mínimo de 5,6 en Educación Media , 5.8 en 7° y 8° y 6,0 en Educación Básica; buena disciplina, antigüedad mínima de un año del apoderado; y una asistencia mínima a reuniones del 75% .-

    6º Si es autorizada la rebaja mencionada en los puntos anteriores; ésta sólo empezará a regir al mes siguiente de su aprobación., o al año siguiente si correspondiera.

    7º.- Los alumnos con franquicias económicas no podrán exceder el 20% del total de alumnos de cada curso.

    8º.- Los alumnos con franquicias económicas podrán ser requeridos para realizar roles de tutoría a estudiantes de cursos inferiores.

    9º.- Los dineros recaudados en el Establecimiento, por cualquier concepto, no serán devueltos, salvo por causas imputables al Colegio.

    10º.- Existirá una cuota de escolaridad especial en caso de excepciones a los requisitos de notas y a los repitentes, cuya matrícula haya sido aprobada por el Consejo de Profesores y corresponderá al máximo legal, es decir 4 U.S.E.

    11°.- Los alumnos de octavo básico que son promovidos a Ed. Media tendrán derecho a cancelar el 10% de la cuota máxima de escolaridad (4 U.S.E.) si su promedio esta entre 6.6 y 7.0 un 20%, si es 6.1 a 6.5, y un 30% si es 5.8 a 6.0, bajo el 5.8 la escolaridad será la normal.-

    ARTICULO Nº 86 A: DERECHOS DEL ALUMNO

    El alumno del Establecimiento, entre otros, tiene los siguientes derechos:

    A.- A ser tratado en forma respetuosa y sin discriminación por los docentes y no docentes del establecimiento.

    B-. A desenvolverse en un ambiente limpio, ordenado de seguridad individual y grupal.

    C.-A tener las actividades escolares en un ambiente propicio para el aprendizaje.

    D.-A conocer oportunamente los resultados de sus pruebas, antes de la aplicación de otro procedimiento evaluativo similar.

    E.-A la participación en actividades escolares, extraescolares y eventos artísticos y culturales en general, organizados por el establecimiento

    ARTICULO Nº 86 B: DEBERES DEL ALUMNO

    Son deberes de todos los alumnos:

    1º.- Respetar el horario de ingreso, a clases, y las horas de funcionamiento escolar.

    2º.- Usar obligatoriamente el uniforme del Colegio, incluida la Insignia, suéter, corbata y Parka, chaquetón o abrigo azul marino, y el correspondiente uniforme de Educación Física, la cotona y delantal a cuadrillé azul se usarán hasta 6º básico, (pantalón de paño).

    3º.- En caso de que el alumno no tenga el uniforme o parte de él, en algún período del año, será responsabilidad del Apoderado solicitar la autorización correspondiente en Inspectoría General del Colegio, indicando el plazo que durará tal situación.

    4º.- Usar pelo corto en varones, y corte tradicional, las damas no podrán usar excesivo maquillaje.

    5º.- Asistir obligatoriamente a las actividades normales de clases, de nivelación, reforzamiento, Extraescolares y/o cuando el Establecimiento lo requiera para actividades académicas

    6º.- En caso de eventos interescolares competitivos un estudiante no podrá participar en representación de otras instituciones en contra del establecimiento o en desmedro del mismo.

    7º.- Los alumnos tienen el deber de participar a lo menos en una actividad extraescolar; cumpliendo con todas las exigencias que corresponda.

    8º.- Asistir regularmente a clases y/o justificar la inasistencia, la inasistencia continuada y sin justificación por dos semanas, implica eliminación del Registro de Alumnos.

    9º.- Cumplir adecuadamente con las tareas, trabajos de grupo, útiles escolares y en general con los compromisos escolares.

    10°.- Manifestar comportamientos acordes al normal desarrollo de clases, evitando las interferencias e indisciplina.

    11°.- A tratar en forma respetuosa a todos los integrantes de la comunidad escolar.

    ARTICULO Nº 87: DERECHOS DE LOS APODERADOS

    1.- Ser atendido por el personal del Establecimiento en forma diligente y respetuosa.

    2.- Obtener información referente al comportamiento y rendimiento de su pupilo, y obtener copia de los documentos pertinentes.

    3.- Ser atendido a lo menos una vez a la semana, por el Profesor Jefe , o Profesores de Asignatura, en los horarios de atención, que el Colegio ofrezca.

    4.-. Solicitar las franquicias económicas previstas en el Reglamento Interno.

    5.-. Participar en las diversas actividades; que se organizan para los apoderados del   establecimiento.

    6.- Solicitar eximiciòn de alguna asignatura cuando se estime pertinente.

    7.-. Solicitar reconsideración en caso de la aplicación de una medida disciplinaria que implique cancelación de matrícula para su pupilo, ya sea ante el Consejo de Profesores o ante el organismo colegiado denominado “ Comisión de Apelación “

    8.-. Delegar sus responsabilidades en el apoderado suplente.


    ARTICULO Nº 88 DEBERES DE LOS APODERADOS

    Son apoderados por derecho propio los padres de los alumnos, o sus tutores legales, y en ningún caso se aceptarán a empleados de la familia y son sus deberes:

    1º.- El apoderado debe asistir personalmente o delegar en el apoderado suplente nombrado en la solicitud de matrícula, el entregar la justificación de inasistencia , atrasos e irregularidades de su pupilo.

    2º.- Asistir a las reuniones mensuales de apoderados del curso o justificar las inasistencias a dichas reuniones en forma previa a su realización. La inasistencia a reuniones es considerada como falta de mediana gravedad para efecto de las sanciones al pupilo. Inspectoría General será la entidad responsable de exigir la justificación.
     La inasistencia del apoderado sobre un 25% a las reuniones de curso, podrá inhabilitar la matrícula de su pupilo para el año siguiente.

    3º.- Responder por la pérdida de materiales escolares facilitados a su pupilo o eventuales destrozos causados por él, en materiales del colegio o de otro estudiante, y en general frente a bienes destruidos por el alumno.-

    4º.- Cancelar oportunamente las cuotas de escolaridad , esto es, durante el mes correspondiente, las cuotas son fijadas en el convenio de pago, en el momento de efectuar la matrícula. El incumplimiento o retraso de los compromisos económicos puede implicar la pérdida de la matrícula para el año siguiente.

    5º.- Concurrir al Establecimiento cuando lo requiera algún docente directivo, profesor jefe o de asignatura y a jornadas o talleres de trabajo en beneficio de su pupilo, si es citado a instancias del Consejo de Profesores del Curso.-

    6º.- Abstenerse de:

    a) Ingresar a las Salas de Clases en horarios de funcionamiento escolar.
    b) Fumar o presentarse en estado de intemperancia en el Establecimiento.
    c) Justificar atrasos, inasistencias, suspensiones de su pupilo telefónicamente.
    d )Efectuar manifestaciones que dañen la imagen pública del Colegio o de sus integrantes.

    7º.- Tratar en forma respetuosa a Docentes, Asistentes de la educación , alumnos y otros apoderados del Establecimiento.

    8º Aceptar las sanciones derivadas del incumplimiento de las normas anteriores y las consecuencias académicas y administrativas que sufra su pupilo, de acuerdo al Reglamento Interno del Colegio.

    TITULO XII DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR
    ARTICULO Nº 89.- El reglamento del Colegio es un conjunto de orientaciones y normas tendientes a crear un ambiente de respeto, orden y disciplina que haga posible el logro de sus objetivos. En esa perspectiva lejos de ser una carga odiosa, el reglamento viene a ser valioso instrumento pedagógico que todos debemos apreciar y respetar.
    Invitamos pues a los alumnos a respetar y vivir su reglamento a los padres y Apoderados a apoyarlo y a los educadores a aplicarlo y enriquecerlo, y se asume que el apoderado y su pupilo se comprometen a respetar y cumplir las disposiciones del presente Reglamento Interno, desde el momento en que el apoderado firma el contrato de matrícula con este Colegio.

    Consideraciones Generales:

    1. Los alumnos con sus capacidades aspiraciones y exigencias constituyen el centro del proceso educativo que se desarrolla en la unidad educativa.

    2. Ellos están llamados a comprender su desarrollo personal y familiar en el plano físico y afectivo, discernir entre las alternativas de acuerdo a su edad y decidir en base a un pensamiento crítico, libre y reflexivo.

    3. Por el hecho de ser persona, el alumno debe constituirse gradualmente en el verdadero agente de su propia educación, sujeto libre y responsable de su formación.

    4. Sus padres y educadores tienen el deber de proporcionarte todo el apoyo pedagógico y metodológico adecuado a cada nivel tienen al mismo tiempo el derecho a esperar de él un progresivo crecimiento en valores y responsabilidad.

    5. Al matricular, el Apoderado expresa por sí y por su pupilo, ya que ambos se consideran como un conjunto indisoluble, la adhesión a los principios y normas que rigen al Colegio, a sus orientaciones pedagógicas y a los planes y programas de estudio.

    6. De esta forma, la matrícula que se estima un contrato anual que impone obligaciones por la naturaleza de la educación. EL libre ingreso a este establecimiento impone al alumnado tres tipos de obligaciones:

    a) De estudio responsable, para lograr el éxito anhelado.
    b) De orden y disciplina, para contribuir al crecimiento personal.
    c) De pacíficas relaciones interpersonales, para integrarse a la comunidad.

    ARTICULO Nº 90 DE LA RESPONSABILIDAD Y COMPORTAMIENTO

    Todos los alumnos del Colegio, no sólo deben cumplir las normas o conductas contenidas o reguladas por este Reglamento, sino que además, todas aquellas que correspondan a la calidad de alumnos de un establecimiento educacional, esto es las exigibles conforme a normas morales, trato social, de orden público y en general a todas aquellas que las buenas costumbres hagan aplicables a las relaciones personales y sociales, todo ello, orientado al desarrollo personal de los alumnos y al buen desempeño del proceso de Enseñanza -Aprendizaje.

    Los deberes de los alumnos del Colegio son:
    1. Traer diariamente su Agenda Personal y registrar en ella los aspectos del trabajo escolar, debiendo estar a disposición de los Directivos y Profesores cada vez que se solicite.

    2. Tener buen comportamiento, tanto dentro, como fuera del Establecimiento.

    3. Mantener una actitud de respeto frente a los emblemas nacionales.

    4. Participar y cumplir con las obligaciones, compromisos y deberes contraídos en las actividades del curso y del colegio.

    5. Actuar con honradez en todas sus acciones.

    6. Mantener una actitud positiva en clases, estar atento, receptivo y participativo.

    7. Cumplir sus deberes escolares en las fechas establecidas, (tareas, preparación de pruebas, estudios, trabajos de investigación, etc.) respetando las instrucciones dadas por el profesor.

    8. Ponerse al día oportunamente en sus materias y deberes en caso de atraso debido a inasistencias, pérdida de cuadernos, etc.

    9. Deben llegar a clases con los útiles necesarios, puesto que no se recibirán durante la jornada escolar. Todas las prendas y útiles deben ser debidamente marcados.

    10. Abstenerse de traer materiales ajenos al quehacer educativo, ya que el Colegio no se responsabiliza por daño o pérdida y se reserva el derecho de retenerlos en Inspectoría hasta que sean retirados por los apoderados (joyas, juguetes, teléfonos celulares, personal stereos, etc)

    11. Se prohíbe el uso de celulares y/o personal stereos, durante las clases y en Biblioteca éstos serán retirados por el profesor y entregados a Inspectoría o Dirección hasta que sean reclamados personalmente por el apoderado.

    12. El orden y el aseo del recinto del Colegio es una parte integral para el desarrollo del proceso educativo. Por lo tanto todos los miembros de la comunidad educativa (alumnos/as, apoderados, docentes, administrativos y auxiliares) deben responsabilizarse del cuidado y mantención ecológica de nuestro Colegio.

    13. Es necesario cuidar el mobiliario escolar, los materiales didácticos y todas las instalaciones del establecimiento escolar, pagando o reponiendo los deterioros causados, aunque fuesen involuntarios.

    14. Si los bienes del establecimiento sufrieren daños, sin detectarse el responsable, se asumirá la reparación con el sistema de pago solidario que podrá efectuar un grupo o todo el alumnado, según sea el caso.

    15. Mantener una actitud de respeto, deferencia y solidaridad frente a todas las personas que le rodean, sean éstos adultos o compañeros.

    16. Mantener en todo momento un lenguaje y vocabulario correcto acorde a las normas sociales y a la calidad de alumno que exige en el colegio.

    17. Abstenerse de actitudes de pololeo, (caricias, besos y abrazos efusivos o escandalosos), dentro del Colegio y en toda actividad en que participe como alumno y/o vista uniforme.
    La falta constante a los artículos Nº 14 a Nº 17 podrán ser causante de pérdida de matrícula al año siguiente.

     

    La falta constante a los artículos Nº 14 a Nº 17 podrán ser causante de pérdida de matrícula al año siguiente.

    ARTÍCULO Nº 91: Del embarazo adolescente

    A fin de otorgar las facilidades académicas que la ley dispone frente a estudiantes embarazadas, el
    colegio considera que si: El embarazo en la mujer adulta es protegido con los debidos reposos maternales, con mayor razón aún debe protegerse el embarazo de una adolescente.

    Por esta causa: “En caso de alumnas embarazadas y con la finalidad de proteger su salud y la gestación del bebé durante el embarazo, estas alumnas gozarán del máximo de facilidades incluso si fuese necesario de un sistema de asistencia libre y podrán rendir sólo las pruebas de su curso”.

    ARTÍCULO Nº 92: DE LA DISCIPLINA, PARA CONTRIBUIR AL ORDEN NECESARIO (PROMOCIÓN DE VALORES)

    El Reglamento de Disciplina protege la convivencia entre los alumnos y entre toda la Comunidad Educativa, asegura un clima adecuado para que el Colegio cumpla su función. Por lo tanto, quien falte a un aspecto del reglamento, rompe esta convivencia, y, atenta contra los derechos de los demás haciéndose merecedor(a) a una sanción.

    Las siguientes acciones serán desarrolladas en el orden que se señala, frente a problemas reiterados de disciplina y/o rendimiento:

    1. Conversación y orientación del Profesor con el alumno sobre la actitud negativa o bajo rendimiento observado.

    2. Entrevistas del Profesor con el apoderado (y el alumno si procede), registrada en un “Acta de Entrevista”.

    3. Entrevista con orientador o psicólogo según se disponga.

    4. Anotación negativa y/o observación en el Libro de Clases.

    5. Si el alumno cometiese una falta grave o si su actitud negativa persiste, se procede a la suspensión de clases tramitada por el Inspector General, previo estudio del expediente de cada caso. La suspensión se lleva a efecto previa comunicación personal al apoderado.

    6. Se condiciona la matrícula previa consulta al Consejo de Profesores.

    7. La  condicionalidad  de matrícula, es una sanción muy grave ya que precede a la medida final de pérdida de matrícula para el siguiente año.

    8. No renovación del “Contrato de Matrícula” para el siguiente año escolar, ejecutado por la Dirección, previa consulta al Consejo de Profesores. Además se hará merecedor de esta sanción, todos alumno que estando condicional, no demuestre superación o cometa faltas graves, o cuando la falta es considerada grave.

    9. Cancelación de matrícula, cuando el número de anotaciones por actos de indisciplina o incumplimiento de los deberes escolares,lo amerite ,o cuando la falta cometida reúna características de extrema gravedad según la opinión del Consejo de Profesores.

    La condicionalidad de matrícula se podrá aplicar por:

    A: Conducta: Se aplicará a todos aquellos alumnos que de una u otra manera hayan mantenido en forma permanente y sistemática una actitud de irrespeto a la normativa  del Colegio, como por ejemplo: suspensión de clases; acumulación excesiva de anotaciones negativas durante el año, etc.

    B: Apoderados: Falta de cumplimiento a los  compromisos por el Apoderado con el quehacer escolar, por ej:
    - Incumplimiento reiterados del apoderado, a sus obligaciones para con el
    Colegio, incluidas las económicas.
    - Inasistencias reiteradas a citaciones especiales, reuniones, escuelas de
    padres, etc.
    - Falta de apoyo hacia su hijo en el cumplimiento de sus deberes escolares
    (tareas, comportamiento positivo y presentación personal, etc.)

    C: Inasistencias y   Atrasos : Se considerará condicionalidad de matrícula a los alumnos que reiteradamente presenten ausencias y/o atrasos (previos análisis de las causales y/o justificaciones presentadas y faltas a los Artículos Nº 14 a Nº 17)

    ARTÍCULO 93-A Para los efectos de la aplicación del presente reglamento las faltas se clasificarán en:

    LEVES, DE MEDIANA GRAVEDAD y GRAVES.

    Se consideran como faltas leves las que se producen ordinariamente durante el desarrollo de las horas de clases, y son de responsabilidad del profesor.

    Se estimarán como faltas de mediana gravedad las que en general contravengan disposiciones del Reglamento Interno del Colegio.

    Se considerarán como graves las faltas que comprometen el prestigio del Colegio o las que alteren el régimen normal de la Educación.

    ARTICULO 93º B Entre las faltas consideradas de mediana gravedad en este reglamento, puede mencionarse las siguientes:

    1.- Ensuciar deliberadamente el entorno general de la sala.

    2.- Lanzar objetos que entorpezcan el normal desarrollo de clases, sin causar lesiones a personas.

    3.- Faltar a los compromisos deportivos, culturales, sociales y/o académicos contraídos en el colegio y/o por el colegio.

    4.- Incumplimiento reiterado de las disposiciones relativas a uniforme escolar o la presentación personal, incluido pelo corto (corte tradicional)

    5.- Desórdenes promovidos en forma evidente por alumnos durante los recreos.

    6.- Utilizar artefactos tecnológicos que entorpezcan la atención y el normal desarrolla de clase.
    Nota: Dos (2) faltas de mediana gravedad se considera que constituyen una falta grave.

    ARTICULO 93º C Entre las faltas estimadas graves, pueden mencionarse las siguientes:

    1. Faltas de cortesía o de respeto mutuo grave entre los estudiantes, hacia algún miembro del Colegio, practicante, o alguna visita o apoderados.

    2. Agresión física entre estudiantes del Colegio, dentro y fuera de él, en este último caso por denuncia de persona responsable.

    3. Fumar, consumir drogas o tráfico de ellas en cualquier lugar del Colegio, o en las proximidades del mismo.

    4. Incumplimiento de una orden emanada de la dirección del Colegio o de algún profesor.

    5. Desórdenes promovidos en forma evidente por alumnos en las horas de clases.

    6. Cualquier actitud reñida con la moral y las buenas costumbres.

    7. Alteración de notas en los Libros de Clases o en los informes personales.

    8. Conducta reprochable del alumno dentro y fuera del Colegio, concretamente ante quejas de personas responsables, que identifiquen a los alumnos.

    9. Uso de las tecnologías de la información y comunicación para dañar la honra de las personas o amedrentarlas con amenazas de cualquier índole.

    10. La ocupación de recintos del colegio con el propósito de impedir el normal funcionamiento de las actividades escolares.

    ARTÍCULO Nº 94: De las sanciones

    1.- Con una anotación en el libro de clases, Inspectoría General enviará una citación al apoderado dando a conocer la falta y advirtiendo que la falta no debe repetirse.

    2.- La repetición de un acto de indisciplina, o incumplimiento de los deberes escolares (2 anotaciones) además de entregar la información al apoderado, será sancionada con la suspensión de 24 horas.,

    3.- Con 3 faltas registradas en el Libro de Clases (anotaciones) el alumno será amonestado por Inspectoría General y envío de una nota o citación al apoderado como comunicación de la falta.

    4.- La reiteración de las faltas (4 anotaciones) será sancionada con una suspensión de 48 horas, además según la naturaleza de  las mismas y previo análisis del Consejo de Profesores se solicitará informe Psicológico.

    5.- Con 5 faltas registradas en el libro de clases el apoderado será citado por Inspectoría General donde se le comunicará que el alumno quedará en calidad de condicional.

    6.-. Una próxima falta (6) registrada en el Libro de Clases podrá ser motivo inmediato de cancelación de matrícula, previo acuerdo del Consejo de Profesores.

    7. Las faltas que se consideren excepcionalmente graves podrán ser analizadas por el Consejo de Profesores, el que determinará la sanción que corresponda.,incluida la cancelación inmediata de la matrícula.-

    ARTÍCULO Nº 95 : De la presentación personal

    Siempre andar limpio y ordenado, implica reflejar la preocupación del hogar. El corte de pelo en varones debe ser tradicional, las damas no usarán maquillaje, invariablemente el uso de uniforme es obligatorio, como también el uniforme de educación física, la cotona y delantal (cuadrillé azul) se usarán hasta 6º año Básico.

    1.- Disposiciones Generales de presentación personal.: se entiende que la sobriedad es un valor importante, por lo cual algunas disposiciones al respecto son:

    A.- Disposiciones para damas:

    a) Blusa dentro de la falda.

    b) Cabello debidamente tomado, sin tintura, ni trenzas bahianas, sin adornos de ningún tipo.

    c) Sin joyas (pulseras, collares, fuera del uniforme, anillos u otros adornos).

    d) Sin maquillaje, ni uñas pintadas.

    e) Se prohíbe el uso de aros en cejas, lengua, nariz, labios, etc, no más de uno por oreja, y no colgantes.

    B.- Disposiciones para varones:

    a) Camisa dentro del pantalón.

    b) Pantalón con largos de piernas y tiro normales.

    c) Cabello corto, de corte tradicional, sin corte fantasía.

    d) El alumno debe presentarse afeitado todos los días.

    e) Prohibido el uso de aros y joyas.

    2.- Los alumnos que no cumplan con estos aspectos establecidos en el reglamento:

    a- Serán retenidos en Inspectoría General, u otra dependencia, no pudiendo ingresar a clases y en espera a que el apoderado lo venga a retirar para solucionar el problema de vestimenta.

    b- Si la conducta persiste y el alumno es sorprendido, se citará al apoderado a Inspectoría General para que asuma la responsabilidad y posibilidad de la siguiente medida:

    c- Se consignará una anotación negativa por no cumplimiento de instrucciones emanadas de Inspectoría General.

    3.- Uniforme, tenida formal del colegio para el uso regular y para presentaciones especiales (desfiles, actos, etc.)

    Disposiciones para damas y varones:
    - Blusa/camisa blanca del colegio
    - Chomba azul marino con ribetes amarillos, cuello V
    - Zapatos negros.
    - Corbata del colegio.
    - Insignia del colegio.
    a- Damas:
    - Falda azul plisada según modelo.
    - Calcetas azules.
    b- Varones:
    - Pantalón plomo

    4.- Opciones aceptadas como alternativas cotidianas:
    - Polera blanca con ribetes amarillos manga larga o corta
    - Bufanda azul o amarilla
    - Pantalón de tela azul damas

    5.- Uniforme de Educación Física y actividades extraescolares:
    - Disposiciones para las damas y varones:
    - Buzo Educación Física del Colegio.
    - Short azules del Colegio.
    - Polera azul del Colegio.
    - Calcetas blancas.

    6.- Uso del buzo en casos especiales
    Sólo se permitirá asistir con buzo del colegio cuando corresponda clases de Educación Física, en las horas de jornada alterna, y de 1º a 3º Ed. Básica en su horario normal y además en ocasiones especiales avisadas oportunamente.

    ARTÍCULO Nº 96: DE RELACIONES INTERPERSONALES.

    a.- Interacción y participación: todo alumno al integrarse a un curso, debe acoger a sus compañeros, participar activamente y con iniciativa en las actividades programadas por el Consejo de Curso o por el Centro de Alumnos.

    b.- Compañerismo: Debe tener hacia los compañeros una actitud de respeto y tolerancia, orientada hacia una mutua colaboración. Debe evitar un lenguaje impropio, todo tipo de ofensas, apodos despectivos, alusiones a defectos físicos o morales.

    c.- Hacia los Educadores: Debe tener un trato deferente y respetuoso que exprese reconocimiento y gratitud por su labor.

    ARTÍCULO Nº 97: DE LOS APODERADOS:

    El Colegio necesita para el logro de sus objetivos, el apoyo y participación efectiva de sus Padres y/o apoderados en la gestión educativa. El Colegio no mejora en ausencia de los padres. Se estima que los apoderados deben considerar dentro de sus compromisos prioritarios, los que emanen de la educación de sus hijos.

    Es obligación de la familia y del Colegio enseñar a los niños y jóvenes sus derechos, a cumplir sus deberes y respetar los derechos de los demás.

    1.- El buen desarrollo de los planes y programas del Colegio depende de la colaboración de la familia, por lo tanto, constituye un deber de los padres y apoderados el apoyar a su pupilo en todas las exigencias del Colegio y en el cumplimiento de todos los compromisos contraídos como apoderado.

    2.- Deben estar en contacto con el Colegio, en principio esencialmente a través del Profesor Jefe .

    3.-El Colegio acoge y busca solución a los problemas e inquietudes debidamente expuestos  por sus apoderados. Para esto es aconsejable que los padres, soliciten entrevistas para aclarar sus dudas frente a aspectos del proceso educativo, preferentemente siguiendo el conducto regular.
    a) Profesor Jefe o de Asignatura

    b) Inspector General.

    c) Director

    d) Como última instancia ante la eventualidad de que el apoderado no encuentre soluciones , por ninguno de las personas especificadas anteriormente, el Colegio acepta de buen grado , reclamos hechos por personas debidamente identificadas  ante autoridades competentes.., del MINEDUC Y JUDICIALES.

     El Colegio exige y fomenta en sus apoderados la confianza por su quehacer, la rectitud y espíritu constructivo para solucionar los problemas que pudiesen surgir en el desarrollo del proceso educativo.

    Los apoderados del Colegio deben en primera instancia buscar solución a sus problemas, dudas o inquietudes dentro del establecimiento, ya que para ello el Colegio cuenta con un expedito sistema de atención de apoderados.

    Las solicitudes de entrevistas o de atención deben hacerse con anticipación, vía secretaría con el fin de asegurarse que será atendido en el momento requerido.

    4.- Ningún apoderado tiene derecho de llamar la atención a alumnos del colegio a menos que sea su propio hijo, en caso de problemas deben acudir al profesor jefe o a Inspectoría General, quienes escucharan y adoptaran las medidas pertinentes.

    5. Para formar a los alumnos con la necesaria autonomía en la resolución de sus problemas desde 5º año Básico a 4º año Medio, deberán ser los mismos alumnos quienes en primeras instancias busquen solución a sus problemas, personalmente y siguiendo el conducto regular establecido. Si el alumno no encuentra atención a su problema, recién se estima procedente que sea su apoderado quien concurra al Colegio.

     6. Los Padres y Apoderados pueden ingresar al Colegio con sus alumnos, hasta antes del inicio de la jornada de clases. Están autorizados a ingresar a  patios ; pero no interrumpir el normal funcionamiento de la actividad académica, al término de la jornada deben esperarlos sin interrumpir el normal desarrollo de las actividades de los alumnos hasta el término de la jornada .

    7. Los apoderados deben respetar el normal desarrollo de clases y de todo tipo de actividad docente, por lo cual debe abstenerse de retirar a sus pupilos  en el horario de clases traer materiales o solicitar ser atendido por los profesores durante la jornada, respetando los horarios de atención de apoderado.

    8.-En caso de incumplimiento a los compromisos económicos; el Colegio está facultado para recurrir a los mecanismos legales de cobro de lo adeudado y a “ no renovar” la matrícula del año siguiente.

    9.- En casos extremos la Dirección del Colegio solicitará el cambio de apoderado, cuando el comportamiento y/o forma de trato del apoderado titular altere  la conveniencia armónica de la comunidad escolar. La decisión frente a estos casos excepcionales, se respaldará con el registro  del comportamiento irrespetuoso del apoderado o apoderada.,previo análisis y acuerdo del Consejo de Profesores de Curso.

    ARTÍCULO Nº 98: El Colegio afirma que todos los alumnos tienen el derecho a recibir una educación segura y bien orientada por profesores que conozcan los criterios, las técnicas, y los procedimientos más adecuados de la pedagogía, así como exige al alumno el deber de estudiar, por lo tanto, debe lograr el rendimiento académico adecuado para la promoción de nivel, el Colegio se reserva el derecho a denegar la renovación de matrícula para el siguiente año escolar, en casos de bajo rendimiento académico, unido a problemas disciplinarios del alumno, y falta a los compromisos contraídos por los padres.

    ARTICULO Nº 99: RECONOCIMIENTO MEDIANTE OBSERVACIONES POSITIVAS

    Se consideran observaciones positivas aquellas acciones que en forma permanente realizan los estudiantes, que involucren una virtud. Sin que el listado sea exhaustivo se pueden mencionar las siguientes muestras de conductas:

    - Respeto hacia el profesor, compañeros y apoderados.
    - Colaboración con Profesores, Inspector General y Compañeros.
    - Buena disposición para realizar Campañas Solidarias.
    - Cumplir en forma responsable como directivos de curso o Centro de Alumnos.
    - Participación en Actos Cívicos.
    - Participación en Desfiles.
    - Representación del colegio en actividades tales como: Olimpiadas, Deportes, Cueca, otros.
    - Colaboración con el aseo de su sala.
    - Cumplimiento con sus deberes escolares (tareas, trabajos, disertaciones etc.)
    - Alumnos que siempre hacen uso correcto del uniforme Escolar.(Presentación Personal).
    - Puntualidad, llegada a la sala y llegada al colegio.
    - Señales de cortesía que presenta un alumno.
    - Cordialidad en el saludo y trato.
    - Orden en sus cuadernos y útiles escolares.
    - Acciones de Honradez.
    - Participación en Programas de Tutorías.

    NOTA: LAS CONDUCTA A "DESTACAR" DEBEN ANOTARSE EN
    FORMA EXPLÍCITA.

    ARTICULO Nº 99-A: RECONOCIMIENTO SOCIAL

    Aquellos estudiantes que sobresalgan en aspectos positivos serán objetos de algunos reconocimientos sociales:

    1.- Los profesores Jefes haciendo uso del Diario Mural pueden destacar aquel alumno que sobresalga, colocando el nombre del o los alumnos en forma quincenal o mensual.

    2.- Reconocimiento en actos formales programados en el cronograma anual.

    3.- Reconocimiento mediante publicaciones variadas incluidas, las Tics.

    4.- En el Acto Final de Premiación que realiza el colegio en conjunto con el Centro de Padres.

    ARTICULO Nº 99-B : RECONOCIMIENTO ACADÉMICO

    En relación a aquel o aquellos estudiantes que presenten al término del semestre observaciones Positivas. Se pueden dar las siguientes Modalidades, de reconocimiento académico.

    1. El alumno podrá eximirse de alguna evaluación.

    2. Un alumno destacado en el semestre tendrá derecho a repetir alguna evaluación. En otras palabras en base a un buen comportamiento, el Profesor podrá considerar un nuevo procedimiento evaluativo, favoreciendo al alumno.

    3. Un alumno podrá acceder a eximiciones en algún semestre previo acuerdo del Consejo de
    Profesores.

    TITULO XIII VINCULACIÓN CON LA COMUNIDAD; En este título del Reglamento Interno se hace referencia fundamentalmente a la organización de los apoderados, por ello se transcribe sólo el artículo 100 que corresponde a normas ya incluidas en los artículos anteriores.

    ARTICULO Nº 100: DE LOS APODERADOS

    1. Son apoderados por derecho propio los padres del alumno, su guardador legal o aquella persona mayor de edad previa autorización de los padres.

    2. No podrán ser apoderados los menores de edad, ni los funcionarios del Colegio a menos que lo sean por derecho propio.

    3. El Jefe del Establecimiento podrá exigir cambio de apoderados en casos justificados Ejemplo: Por tres inasistencias consecutivas a Reunión de Apoderados, o actuaciones irrespetuosas con el personal del Establecimiento, o que provoquen menoscabo a la imagen pública del Colegio.

    4. El establecimiento estará en constante comunicación con el apoderado por medio de Informativos, Informes y una Libreta de comunicaciones de uso obligatorio, entre 1º y 8º Básico.

    5. Las situaciones de irrespeto de los apoderados a las normas y/o personal del Establecimiento podrían llevar a la cancelación de matrícula del alumno. Tal sanción debe ser ratificada por el Consejo de Profesores.

    6. Los apoderados se organizarán en base a Directivas de Cursos (Microcentros) y a un Centro General de Padres y Apoderados, cuyo presidente participará en el Equipo de Gestión Directiva y Comisión de Apelación.
     

     
     
     
     
     
     
     
       
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